El Diario Oficial de Extremadura del pasado miércoles, 25 de marzo (nº 58) publica la convocatoria de las pruebas necesarias para  obtener la habilitación para ejercer la actividad de Agente Rehabilitador.

Como sabéis, según la Orden de 1 de septiembre de 2014, es requisito necesario la previa habilitación administrativa para actuar como agente rehabilitador e intervenir en los trámites de los procedimientos de actuaciones protegidas en materia de rehabilitación. Y que dicha habilitación solo podrá ser concedida a aquellos técnicos competentes que superen una prueba escrita de evaluación de conocimientos,

Para la presentación de las solicitudes, se establece el plazo de un mes, a partir del siguiente día de la publicación,  según modelos que se adjuntan a la Orden publicada.

En cuanto a la prueba, consiste en contestar por escrito, en un período máximo de 90 minutos, un cuestionario de 60 preguntas sobre cuestiones relativas al temario (también incluido en la Orden).

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