Peritos judiciales y terceros

 

Mediación. Ingeniero Mediador

Una de las funciones del Colegio es la de cooperar con la Administración de Justicia, Organismos Oficiales, facilitando una bolsa de profesionales para la realización de informes y dictámenes periciales.

Con este propósito el Colegio constituye cada año una bolsa de Peritos, de ámbito provincial, integrada por los colegiados que voluntariamente solicitan el alta para cooperar con la Administración de Justicia y Autonómica (Peritos Terceros).

 

Si estás interesado en formar parte de la bolsa de Peritos, solicita cada año el alta a través de la circular informativa elaborada al efecto (consulta la última circular publicada Nº 003/21, enero 2021).

 

La actividad pericial implica un conocimiento mínimo de la legislación aplicable. Es particularmente importante para el desarrollo de la misma, la Ley 2/2000, de Enjuiciamiento Civil, de la cual se extractan los puntos más importantes correspondientes al Dictamen de Peritos. Para la elaboración de informes periciales, puedes consultar la norma UNE 197.001 “Criterios generales para la elaboración de informes y dictámenes periciales”  (Solicita información para la consulta de las normas UNE a disposición de los Colegiados).


Con el objetivo de facilitar formación a los colegiados que inician su actividad en este ámbito, el Colegio, a través de la plataforma de formación del COGITI, ofrece a lo largo de todo el año diferentes tipologías de cursos y jornadas sobre la actividad pericial. Consulta la plataforma de “Formación” del Consejo.

 

 

 

La Plataforma de Mediación de la “Institución de Mediación de Ingenieros – In.Me.In.” del Consejo General y de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Industriales de España, pone a disposición de la sociedad y de las administraciones estatal, autonómicas y locales, una herramienta de búsqueda y designación de ingenieros mediadores para la intervención en procedimientos de mediación en que, conforme señala la Ley 5/2012, las partes de forma libre y voluntaria decidan acudir a este procedimiento para resolver el o los conflictos que tengan.

¿Qué es un Ingeniero Mediador de la In.Me.In.?

Es un titulado en Ingeniería que tiene además la formación específica en mediación, requerida por la Ley 5/2012, cumpliendo todos los requisitos establecidos para los mediadores en ella. El Ingeniero Mediador de la “In.Me.In.” está inscrito en el ‘Registro de Ingenieros Mediadores – R.I.M.’; disponiendo de cobertura de Seguro de Responsabilidad Civil, que cumplen la Ley 5/2012, de mediación. Son Mediadores especializados durante años en la materia objeto de la ‘litis’.