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Las provincias de Badajoz y Cáceres se encuentran desde el 25 de mayo en la fase del Plan de Transición hacia una Nueva Normalidad, elaborado por el Gobierno con motivo de a crisis sanitaria y económica provocada por el COVID-19.

Esta nueva fase refuerza la movilidad a los ciudadanos y reduce las restricciones en la reapertura de numerosas instalaciones y servicios, aunque mantiene algunas restricciones. Además, ya se permiten las obras de reforma y rehabilitación de edificios donde los trabajadores pudieran coincidir en ciertos espacios con personas ajenas a las obras. Los principales cambios son las siguientes:

Comercio y prestación de servicios:
·         Apertura de locales con independencia de su superficie, con los requisitos siguientes: 40% del aforo total en los locales comerciales, en cada una de sus plantas; distancia mínima de dos metros entre clientes y horario de atención prioritario para mayores de 65 años.
·         Pueden reabrir los parques o centros comerciales, con aforo del 30 % en las zonas comunes y del 40 % en los locales individuales. No se pueden emplear las zonas recreativas.
·         Podrá haber rebajas, siempre respetando las medidas de seguridad e higiene y evitando aglomeraciones. Deberán cesar de inmediato las acciones comerciales o de promoción si resultara necesario.
·         Se podrán abrir mercados al aire libre, con una limitación a un tercio de los puestos habituales y limitando la afluencia para mantener la distancia de seguridad de dos metros.

Hostelería y restauración:
·         Se permite el consumo en el local en mesa sin superar el 40 % del aforo, que las comunidades pueden modificar entre con los topes del 30 y el 50%.
·         Terrazas al aire libre con el 50 % de las mesas, con una ocupación máxima será de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.
·         No se permite la apertura de discotecas ni bares de ocio nocturno.
·         Limpieza y desinfección entre un cliente y otro, mantelerías de un uso y dispensadores de geles.
·         Se fomentará el pago con tarjeta y se evitará el uso de cartas de menú.
 
Hoteles y establecimientos turísticos:
·         Pueden reabrir las zonas comunes de hoteles y establecimientos turísticos, hasta cubrir un tercio del aforo que determine el establecimiento.
·         Las actividades de animación o clases grupales deben organizarse con un aforo máximo de 20 personas.
·         Pueden reabrirse las piscinas y spas del establecimiento, con limitaciones.
 
Medidas laborales:
·         Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo. Para los que vayan a sus centros, se deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir las medidas de higiene y/o prevención para los trabajadores.
·         Garantizar disponibilidad de geles hidroalcohólicos, sustituir la huella en el fichaje por otro sistema o desinfectar el dispositivo y cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal asegurar equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.
·         Si hay síntomas, colocar al trabajador mascarilla y contactar con el teléfono habilitado o centro de salud, debiendo abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.
·         Ajustes horarios en entradas y salidas para evitar concentraciones.
Medidas de higiene en los establecimientos:
·         Limpieza y desinfección de las instalaciones al menos dos veces al día y de los puestos de trabajo tras cambio de turno.
·         La distancia entre vendedor y cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de dos metros sin estos elementos.
·         En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia, como peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo.
·         Probadores ocupados por una persona y desinfección tras su uso.
 
Actividades culturales:
·         Se flexibilizan las medidas para el acceso a bibliotecas, salas de exposiciones y monumentos.
·         Todos los cines, teatros, auditorios y espacios similares pueden reanudar la actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen un tercio del aforo autorizado.
·         En las bibliotecas, podrán llevarse a cabo actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado y usarse ordenadores. Se permite el préstamo interbibliotecario. Salas infantiles y colecciones de libre acceso siguen cerradas.
·         Pueden abrir al público las salas de exposiciones siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado.
·         Pueden reabrir los monumentos y otros equipamientos culturales siempre que las visitas no superen un tercio del aforo autorizado.
 
Piscinas:
·         Se pueden abrir al público las piscinas recreativas con el aforo máximo de un 30% de la capacidad de la instalación. Si no se pueden mantener la distancia de seguridad entre usuarios se reducirá el aforo.
·         Para acceder a la piscina es necesario concertar cita previa con la entidad gestora de la instalación.
·         Se deberán limpiar y desinfectar los equipos y materiales habituales como vaso, corcheras, material auxiliar de clases, rejilla perimetral, botiquín, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios.
·         La limpieza y desinfección de superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios, como pomos de las puertas de los vestuarios, o barandillas, se realizará al menos tres veces al día.
·         Se debe establecer una distribución espacial de usuarios para garantizar la distancia de seguridad mediante señales en el suelo limitando los espacios. Los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro de seguridad.
·         No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua.

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